Gerard Piqué, junto a un guardia urbano, en una foto de archivo

Gerard Piqué, junto a un guardia urbano, en una foto de archivo

El pulso de la ciudad

La Guardia Urbana pilla a Piqué conduciendo sin puntos

El jugador del Barça ha sido detenido cuando circulaba por el Eixample

31 agosto, 2018 16:50

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Gerard Piqué, uno de los símbolos del FC Barcelona, ha sido denunciado por conducir sin puntos tras ser parado por la Guardia Urbana mientras conducía por una calle del Eixample barcelonés.

Según ha informado este viernes la cadena SER, la GUB habría denunciado al futbolista azulgrana tras detenerle en una calle poco antes de las tres de la tarde.

No es la primera vez que Piqué tiene problemas con las autoridades a causa de temas relacionados con movilidad. En marzo de 2015, el Juzgado de Instrucción número 5 de Barcelona impuso una multa de 10.500 euros al jugador por un altercado con un agente de la Guardia Urbana ocurrido en 2014, también en Barcelona. La sentencia le atribuyó una falta contra el orden público de ofensas a los agentes de la autoridad.

La sentencia declaró probado que Piqué se encontraba como pasajero en un vehículo indebidamente estacionado en la calle Ramon Trias Fargas de Barcelona. Cuando un agente se acercó al conductor del coche para decirle que le iba a denunciar por infringir la prohibición de parar en el lugar, el defensa del Barça se bajó del turismo y, tras intentar que el guardia no pusiera la multa ,diciéndole que solo había estado cinco minutos haciéndose fotos con sus fans, le increpó en "tono airado y despectivo".

MULTA O PRISIÓN

La resolución sostiene que el futbolista espetó expresiones como "que le daba vergüenza la actuación de la Guardia Urbana"; "que lo hacía por tocar los huevos", y "que la multa la iba a pagar su padre". Además, el jugador azulgrana arrugó el boletín de denuncia y lo lanzo a los pies del agente.

Conducir sin puntos en el carné es un delito contra la seguridad vial que puede ser sancionado con multas de hasta 6.000 euros o, incluso, penas de prisión de hasta seis meses. Así lo recogen sentencias recientes del Tribunal Supremo.