Dimitri, el carterista que colapsa los juzgados de Barcelona
El joven atesora un currículum de 21 detenciones y más de 50 denuncias en menos de un año, además de haber pasado hasta 26 veces por un juzgado
27 junio, 2019 00:00Dimitri, un joven de tan sólo 26 años, ejemplifica a la perfección el gran problema al que se enfrentan los cuerpos policiales cuando identifican a un carterista. Dimitri llegó a Barcelona en septiembre de 2018. Desde entonces, acumula un amplio historial delictivo, aunque sin graves consecuencias penales.
Él es uno de los cientos de carteristas que actúan en la capital catalana. En menos de un año, ha sido detenido en 21 ocasiones y denunciado en más de una cincuentena de casos. Pero eso no es todo. También ha pasado hasta 26 veces por un tribunal para ser juzgado por un delito leve. En total, el joven acumula un historial de 89 procedimientos abiertos, entre detenciones, juicios y denuncias.
Un currículum delincuencial llamativo, teniendo en cuenta que llegó en septiembre y que el último procedimiento abierto es del 17 de junio. Así se desprende de un informe interno de los Mossos d’Esquadra al que ha tenido acceso Metrópoli Abierta. En el mismo se detalla de forma exhaustiva todos los delitos cometidos por Dimitri, así como las causas judiciales instruidas en su contra. Su caso no es único, pero ha llamado la atención de la policía, que recoge en un documento de cinco páginas todos sus antecedentes penales.
INFORMES PARA LA FISCALÍA
La policía catalana elabora estos informes de carteristas multireincidentes para entregarlos a la Fiscalía, con el objetivo de que el Ministerio Público estudie las posibles penas que se les pudiera imputar. Según fuentes internas de los Mossos, una de las medidas más efectivas son las órdenes de alejamiento de los lugares donde perpetúan los robos, como por ejemplo el metro. “Se trata de una medida de prueba para que posteriormente un juez valore si accede a interponerle una orden de alejamiento”, aseguran las mismas fuentes.
Los agentes están hastiados de encontrarse diariamente con ladrones a los que conocen a la perfección. Uno de ellos afirma a este medio que en el cuerpo existe un cierto malestar por la falta de herramientas para combatir el fenómeno de los carteristas. “A veces tenemos la sensación de que la opinión pública cree que no hacemos nada. Que aparezcan patrullas ciudadanas es como si nosotros no estuviéramos haciendo nuestro trabajo. Y eso no es cierto”, explica un mosso d’esquadra, que prefiere mantener el anonimato.
QUEJAS DE LOS MOSSOS
El portavoz del sindicato Fepol de los Mossos, Toni Castejón, apunta dos problemas a los que se enfrentan: la falta de efectivos de Mossos, sobre todo en Barcelona; y las carencias del sistema judicial. Sobre este último, explica que los carteristas “saben que sus actos apenas tienen consecuencias penales, a no ser que un juez se mosquee si acumulan muchas denuncias”. “El hecho de que haya patrullas ciudadanas lo dice todo”, recalca Castejón. Asimismo, lamenta que donde antes habían “siete patrullas ahora hay dos, y una de ellas destinada a la vigilancia de juzgados”.
Eliana Guerrero, miembro de la patrulla ciudadana Guerreros por Barcelona, afirma que “la policía está haciendo un trabajo impecable”. Sin embargo, lamenta que la ley “ha quedado obsoleta”, lo que convierte a España “en el paraíso de Europa para los ladrones y encima se corra la voz entre ellos, lo que genera un efecto llamada”.
¿QUÉ DICE LA LEY?
Pero, ¿qué dice la ley? El catedrático de Derecho Penal de la UOC Josep Maria Tamarit explica a Metrópoli Abierta que un robo inferior a 400 euros se considera un delito leve y se sanciona con una multa. Sin embargo, apunta que el artículo 235.1.7 del Código Penal sí recoge un tipo agravado de multirreincidencia, penado con entre 1 y 3 años de cárcel. Para que pueda ser aplicado, el individuo que hubiera cometido un hurto debería haber sido condenado por sentencia firme en tres ocasiones por delitos leves, lo que permitiría agravar la pena por parte de un tribunal.
No obstante, el Tribunal Supremo (TS) rechazó en su sentencia 481/2017 agravar las penas mediante dicho artículo. Los magistrados de la Sala Segunda del TS proclamaron la necesidad de realizar una interpretación restrictiva de la agravación de las penas de la multireincidencia, aprobada por reforma del delito de hurto en 2015. El tribunal consideró que para que se produzca ese efecto de hiperagravación de la pena no basta con que los antecedentes lo sean por delitos leves. Al menos, subraya el Supremo en su escrito, ha de tratarse de una hoja histórico penal en la que se recojan delitos menos graves.
ÓRDENES DE ALEJAMIENTO
La sentencia actúa como precedente de cara a los jueces pero no es de obligado cumplimiento. Bajo este contexto debe interpretarse la elaboración de los informes de los Mossos d’Esquadra de los carteristas multireincidentes. La policía catalana está haciendo un esfuerzo extra para que su trabajo diario no sea en vano. En este sentido, la cooperación con la Fiscalía es crucial.
Respecto a las órdenes de alejamiento, el catedrático detalla que es una herramienta que siempre ha existido en el código penal en los artículos 48 y 57, y que en este caso sirve como medida de pena accesoria en cuestiones patrimoniales. Para que sea aplicado, debe valorarse “el peligro y la multireincidencia” de los acusados, aclara. Según él, se trata de una medida interesante aplicada en otros delitos, como la violencia doméstica, con resultados efectivos.
Otro supuesto es si existe violencia en los robos, por lo que se enfrentarían a una pena muy superior. Sin embargo, los carteristas son los primeros en conocer la ley, y tratan de ser siempre pacíficos en sus robos. Tamarit remacha que es una cuestión de “proporcionalidad”, necesaria en cualquier Código Penal.