La decisión del Govern de solicitar al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) autorización para aplicar un toque de queda nocturno, de 1 a 6 de la madrugada, en los 161 municipios con más casos de COVID en los últimos siete días ha sido aplaudida por algunas ciudades, como Barcelona o Badalona, pero criticada por otras, como Lloret de Mar (Girona). Ante las dudas que ha suscitado la medida en algunos ámbitos, el Govern ha respondido a diez de las cuestiones que la medida puede plantear:

1. ¿Cuándo entra en vigor?

La resolución entrará en vigor una vez que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña haya resuelto positivamente y se publique en el DOGC.

2. ¿En la resolución se incluyen los municipios afectados o solo los parámetros?

La resolución incluye los municipios afectados y los parámetros.

3. ¿Qué pasa con los municipios vecinos de los que tengan toque de queda?

Los municipios vecinos también se verán afectados. En concreto, 13 municipios que no cumplen con los parámetros, pero que están rodeados completamente de municipios que sí.

4. ¿Cómo se garantizará el cumplimiento del toque de queda?

Al igual que el confinamiento nocturno anterior, el cumplimiento se hará principalmente a partir de los dispositivos de Mossos d'Esquadra y policías locales, pero será imprescindible, nuevamente, la máxima responsabilidad ciudadana.

Varios Mossos d'Esquadra paran a una persona durante un control durante el pasado toque de queda en una imagen de archivo / David Zorrakino - Europa Press



5. ¿Qué multas se aplicarán a los que no cumplan el toque de queda?

No hay cambios. El incumplimiento de las medidas se sanciona con la misma base legal que hasta ahora (Decreto ley 30/2020, de 4 de agosto). Las sanciones seguirán oscilando entre los 300 y los 6.000 euros.

6. ¿Qué excepciones existen para saltarse el toque de queda?

Los desplazamientos por asistencia sanitaria de urgencia o ir a la farmacia por razones de urgencia; ir o volver del centro de trabajo; los profesionales o voluntarios, debidamente acreditados, para prestar servicios esenciales, sanitarios y sociales; los desplazamientos para la recogida y cuidado de menores de edad en caso de progenitores separados, divorciados o con residencia en lugares diferentes o el cuidado de mascotas y animales de compañía.

7. ¿Qué duración tienen estas medidas?

Tienen una duración de 7 días, hasta la nueva revisión.

8. ¿Qué pasa si un municipio deja de estar dentro de los parámetros? ¿Sale automáticamente o deberá esperar a que finalice la resolución?

Tendrá que esperar a que finalice la resolución.

9. ¿Qué pasa si un municipio pide ser incorporado dentro de los municipios con toque de queda?

Habrá que esperar a la próxima revisión; pero deberá cumplir los criterios paramétricos.

10. ¿Qué pasa si un municipio entra dentro de los parámetros en los próximos días?

Se incluirá en la próxima revisión.

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