Ciutat de la Justicia
La Justicia obliga a la Seguridad Social a pagar una pensión vitalicia a un jardinero con trombosis en Barcelona
El trabajador, de 47 años, estuvo de baja médica durante año y medio, pero la Seguridad Social le negó la incapacidad permanente total por considerarlo “asintomático”
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Un Juzgado de lo Social de Barcelona ha obligado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a conceder una pensión vitalicia por incapacidad permanente total a un jardinero de 47 años que sufre trombosis venosa profunda crónica.
La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Social número 3, contradice el criterio inicial de la administración, que denegó la solicitud al considerar que el trabajador estaba “asintomático”.
El fallo reconoce que las secuelas de la enfermedad, localizada en la vena aorta, a la altura del hígado, con afectación también en una pierna, le impiden desarrollar con normalidad las tareas propias de su ocupación, especialmente aquellas que requieren estar de pie, agachado o levantar peso.
El juez ha valorado que la actividad de jardinero implica una importante carga biomecánica, además del uso constante de herramientas de corte, punzantes y perforantes.
El trabajador, representado por el abogado laboralista Sergio Toro Pujol, de Toro Abogados, estuvo en situación de incapacidad temporal entre mayo de 2021 y noviembre de 2022, el máximo permitido por ley.
A partir de esa fecha solicitó la incapacidad permanente, pero el INSS la rechazó. La administración alegó que el afectado no presentaba limitaciones funcionales que le impidieran seguir trabajando como jardinero.
Sin embargo, el juzgado ha corregido esa decisión tras analizar los informes médicos y las exigencias físicas del puesto.
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El fallo subraya que el trabajador debe evitar el ejercicio físico y, en especial, las maniobras que requieran fuerza abdominal, debido a la localización de la trombosis.
Con esta resolución, la Seguridad Social deberá abonar una pensión vitalicia al afectado, con efectos retroactivos desde noviembre de 2022, cuando finalizó su baja médica.
¿Qué es la incapacidad permanente total?
La incapacidad permanente total (IPT) reconoce a quienes, por enfermedad o accidente, no pueden seguir desarrollando su profesión habitual, aunque puedan dedicarse a otras actividades laborales. Implica una pensión equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador, y puede incrementarse en determinados casos si la persona supera los 55 años y no puede ser recolocada.