Tiroteo en el Paseo de Sant Joan de Barcelona / MA

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El pulso de la ciudad

Absuelto el guardia urbano que disparó a un sintecho en Barcelona en 2020

El tribunal ha apartado a la Fundació Arrels como acusación popular, la única que había en el procedimiento

Contexto: La Guardia Urbana dispara a un sintecho en Barcelona

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La Audiencia de Barcelona ha absuelto al agente de la Guardia Urbana de Barcelona que disparó a un sintecho en noviembre de 2020 al rechazar que la Fundació Arrels ejerciera la acusación pública, la única en el procedimiento, ya que ni la Fiscalía ni la víctima acusan al policía.

En el turno de cuestiones previas, la defensa ha alegado una "falta de legitimación activa" por parte de la Fundació para ejercer la acción penal y ha argumentado que la ley no contempla que una acusación popular por sí sola pueda mantener un procedimiento judicial.

"Nadie puede ser juzgado si quienes están legitimados para ejercer la acción penal no lo hacen", ha recordado el letrado.

Esquizofrenia

La Fiscalía ha pedido, por otro lado, la absolución del sintecho y que se le imponga una medida de internamiento en un centro médico durante cuatro años por un delito de atentado contra la autoridad, dado que presenta un trastorno delirante crónico con esquizofrenia.

Actualmente, el hombre se encuentra en paradero desconocido y el tribunal, tras una larga deliberación, ha decidido apartar a la acusación popular alegando no haber encontrado un escrito en el que el sintecho autorizara "de forma expresa" a Arrels para personarse en calidad de acusación popular.

Por todo ello, ha decidido absolver al agente acusado por los delitos por los que se le abrió juicio oral, un delito de lesiones con arma de fuego, sin perjuicio de que las partes puedan presentar un recurso.

Arrels recurrirá

La responsable del servicio jurídico de Arrels ha reconocido que están "tristes" por la decisión del tribunal de dictar una sentencia absolutoria y ha avanzado que recurrirán.

"Es muy difícil poder llegar a hacer un juicio, ya no hablo de la sentencia, que podría ser absolutoria, pero en este caso no podemos hacer un juicio para valorar si la actuación ha sido proporcionada o no y si esta actuación es aporófoba o no", ha subrayado.

Además, la letrada ha recordado que las personas sin hogar no tienen teléfonos móviles ni casas donde ser notificadas, por lo que entienden que la interpretación que ha hecho el tribunal es "muy restrictiva" y contraria a derechos fundamentales como el de acceso a la justicia.

La abogada Eva Hobeich, que ejercía la acusación popular en representación de Fundació Arrels

La abogada Eva Hobeich, que ejercía la acusación popular en representación de Fundació Arrels Europa Press

El sintecho atacó al guardia urbano

Los hechos ocurrieron el 21 de noviembre de 2020, cuando el sintecho se encontraba bloqueando con sus pertenencias la entrada de una finca de Passeig Sant Joan, motivo por el que se personó una patrulla de la Guardia Urbana tras ser requerida por los vecinos.

Los agentes le pidieron que recogiera sus cosas, pero él echó a andar y, al aproximarse, el acusado se dio media vuelta y los policías observaron que llevaba un cuchillo en la mano, con el que acometió a uno de los guardias urbanos, que tuvo que echarse hacia atrás y le pidió que lo tirara al suelo.

El acusado hizo caso omiso de las reiteradas órdenes de los policías y se dirigió hacia plaza Tetuán y fue allí donde, acelerando el paso, se encaró hacia uno de ellos y se lanzó hacia él, de forma que éste respondió efectuando un primer disparo hacia el suelo para disuadirlo.

En vista de que no se detenía, terminó disparando de nuevo, hiriéndolo de gravedad.