Enésimo golpe para Eloi Badia. La titular del Juzgado Contencioso Administrativo 4 de Barcelona ha anulado el contrato de licitación del servicio de explotación, conservación y mantenimiento de la planta de tratamiento de fangos de Sant Adrià de Besòs. Lo aprobó, en junio 2016, el Consell Metropolità del Àrea Metropolitana de la capital catalana por ir en contra del acuerdo de constitución de la empresa mixta Aigües de Barcelona, Empresa Metropolitana del Cicle Integral de l'Aigua (Abemcia).
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la jueza ha concluido que los servicios de tratamiento de fangos deben considerarse incluidos en el ciclo integral del agua. Esta tiene prevista su gestión a través de Abemcia, sociedad de economía mixta participada por un socio privado y el AMB, que ha recurrido la decisión del pleno metropolitano.
CICLO INTEGRAL DEL AGUA
Según ha detallado el fallo, el momento de la creación del servicio del ciclo integral del agua, los servicios de tratamiento de fangos de la Estación depuradora de Aguas residuales (Edar) del Besòs los prestaba la entidad Metrofang. Su contrato finalizó el 31 de marzo de 2016, contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).
La magistrada ha dictado que, a la finalización de dicho contrato, los servicios de tratamiento de fango debían considerarse parte del ciclo integral del agua y pasar a ser gestionados por la empresa mixta.
EMPRESA MIXTA
Asimismo, ha manifestado que la explotación de la actividad de tratamiento de fangos se computó económicamente como uno de los activos que aportaba el AMB a la sociedad económica mixta cuando se creó en 2012, con el fin de adquirir la parte de capital que debía desembolsar en la constitución societaria.
DECISIÓN UNÁNIME
El Tribunal Supremo avaló hace unas semanas la constitución de la empresa público-privada Aigües de Barcelona para gestionar el agua de la ciudad y su área metropolitana.
Los magistrados decidieron por unanimidad revocar la sentencia del Tribunal Suprerior de Justicia de Cataluña (TSJC) de 2016 que enmendaba su creación por fallos administrativos, tal y como avanzó El Mundo. La resolución estima la totalidad de los argumentos que presentaron en casación la Sociedad General de Aguas de Barcelona (SGAB) y Aigües de Barcelona, Empresa Metropolitana de Gestió del Cicle Integral de l'Aigua.
Así, el Tribunal Supremo avala la sociedad mixta constituida en 2012 por Agbar y el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) durante el mandato de Xavier Trias.