Agente de los Mossos d'Esquadra con un detenido en Barcelona / EFE

Agente de los Mossos d'Esquadra con un detenido en Barcelona / EFE

Gran Barcelona

Prisión permanente para un asesino por un ajuste de cuentas entre narcos en El Prat

El Supremo ratifica la prisión permanente, que se suma a 20 años de cárcel e indemnizaciones a las familias de las víctimas para el verdugo de dos personas

12 diciembre, 2022 09:25

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a prisión permanente revisable a un hombre que mató a tiros a dos personas en El Prat de Llobregat e hirió a una tercera en el marco de un ajuste de cuentas entre narcos.

El Alto Tribunal rechaza así el recurso emitido por la defensa y coincide con la resolución a la que llegó el TSJC. En esta línea, el condenado cumplirá 20 años de cárcel, tendrá que indemnizar con 210.000 a los familiares de las víctimas y, además, seguirá sujeto a la prisión permanente revisable por dos asesinatos y un tercero en grado de tentativa.

Los hechos tuvieron lugar en abril de 2017 cuando, ayudado por "terceras personas no identificadas", el reo se coló en un domicilio y asesinó a tiros a dos personas y dejó malherida a una tercera en el marco de un ajuste de cuentas entre bandas dominicanas por el control de la droga en Barcelona. Los asesinos "abrieron fuego contra los allí presentes, actuando con la intención de acabar con su vida o siendo conscientes de que la muerte podría sobrevenir como consecuencia natural de su conducta", sentencian en el auto.

Una de las víctimas murió de un disparo en la cabeza, otra fue alcanzada en la espalda y el cráneo y una tercera acabó herida en el cuello, por lo que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente.

SOSPECHOSOS ABSUELTOS

Con respecto a los presuntos aliados del condenado, en el juicio se acusó a otros tres sospechosos vinculados a esos grupos criminales, pero el jurado popular los absolvió de los asesinatos por falta de pruebas. Solo uno de los tres fue condenado a un año y medio de prisión por pertenencia a grupo criminal.

Dos agentes de los Mossos d'Esquadra en una imagen de archivo / ARCHIVO

Dos agentes de los Mossos d'Esquadra en una imagen de archivo / ARCHIVO

VOTO PARTICULAR

La sentencia cuenta con el voto particular del magistrado Javier Hernández, que considera que no se debía haber impuesto la prisión permanente porque el relato de hechos probados no permite identificar la hiperagravación de pertenencia a organización criminal, que exige el Código Penal para aplicar esta pena.



Él era partidario de una condena de entre 15 a 25 años por asesinato ya que no queda claro que los que efectuaron los disparos fueran miembros de una banda y que el condenado perteneciera a ella, en caso de existir tal banda, o fuera solo un colaborador.