El próximo mayo viene cargado de elecciones. Ciudadanos de toda España se darán cita con las urnas para decidir quiénes serán sus representantes municipales por los próximos cuatro años, también en Barcelona y toda el Área Metropolitana. Las elecciones, por otro lado, entrañan deberes públicos. Y es que de la misma forma que son los ciudadanos los que emiten su voto individual, son también ciudadanos de a pié los que presiden las mesas y garantizan el buen hacer durante todo el proceso democrático.
Presidentes de mesa, vocales, suplentes, todos ellos tienen el deber legal, si han sido previamente citados, de acudir a los colegios electorales y desempeñar una labor que les llevará prácticamente todo el día. El Estado, por su parte, remunerará esa labor que es casi ineludible con 70 euros y un bocadillo. Son muy pocos los casos en los que el ciudadano puede ausentarse de cumplir con esta obligación y, en caso de cumplir con los criterios, debe estar justificado.
MOTIVOS PARA EVITAR LA MESA
Si eres mayor de edad y tienes un título de bachiller o de Formación Profesional, apenas hay motivos que te eviten cumplir con este deber. Particularmente exentos están los periodistas que, si trabajan ese día, pueden cursar una alegación, pues se entiende que entra en conflicto con el desempeño de sus labores. También pueden evitarlo las mujeres embarazadas de más de seis meses, quienes estén de baja médica, quienes tengan una discapacidad funcional o quienes estén cumpliendo condena. Aquellos que formen parte de una lista electoral también podrán saltarse esta tarea.
MULTAS O PENAS DE CÁRCEL
Si has sido llamado a las mesas y no te presentas sin haber cursado y justificado las debidas alegaciones, tienes que saber que te enfrentas a una multa que va desde los seis hasta los 24 meses e incluso a penas de cárcel de tres meses a un año. No es suficiente para entrar en prisión -si no tienes antecedentes penales- pero aún así puede suponer un destrozo para tu economía personal y una gran mancha en tu historial legal. En términos absolutos, las sanciones bien pueden ir desde los 2.700 euros a los 7.200.