El Ayuntamiento critica el nuevo decreto de Turismo de la Generalitat
La concejala de Vivienda, Lucía Martín, considera que esta medida pone "la alfombra roja a Airbnb"
5 agosto, 2020 15:40Noticias relacionadas
La regidora de Vivienda de Barcelona, Lucía Martín, ha criticado que el nuevo decreto de Turismo aprobado este martes por la Generalitat, pone "la alfombra roja a Airbnb" y abre la posibilidad a especular con el alquiler de habitaciones.
En un tuit, Martín ha asegurado que el decreto pone "toda la presión a los ayuntamientos que tendrán que inspeccionar y controlar", por lo que ha exigido una rectificación al respecto al Gobierno catalán.
CONTRA JXCAT Y ERC
"¿Cómo comprobar en una inspección que alguien vive realmente en ese piso? ¿Cuantas inspecciones serán necesarias? ¿Cuantos recursos dedicados a esa tarea? A la Generalitat le importa poco porque quien deberá ocuparse y costearlo son los Ayuntamientos", ha añadido en otro mensaje en Twitter.
Además, sobre esta cuestión también ha emfatizado que, en 2011, CiU dio "vía libre a los pisos turísticos" y que este año JxCat y ERC dan su aprobación a las habitaciones turísticas si los ayuntamientos no lo frenan, ha agregado. "Y lo hacen por la puerta de atrás, en agosto y en mitad del escándalo de la monarquía", ha remarcado.
SANZ, EL AZOTE DE AIRBNB
En una línea parecida, la segunda teniente de alcalde de Barcelona, Janet Sanz, ha acusado a la Generalitat de aprobar el decreto "en agosto a escondidas y con aplausos de Airbnb", en otro mensaje en Twitter, en el que ha asegurado que Barcelona protegerá el derecho a la vivienda.
La Generalitat triga 5 anys per fer un decret de turisme que regula pisos turístics.
— Janet Sanz (@janetsanz) August 5, 2020
L’aproven a l’agost d’amagat i amb aplaudiments d’Airbnb.
No és el decret que necessitem. Barcelona no es quedarà de braços creuats. Protegirem el dret a l’habitatge.https://t.co/4UEcStbUH3
En el fondo, el Decreto de Turismo de Cataluña considera hogar compartido un alojamiento turístico que es la vivienda principal de su titular y que este comparte como servicio de alojamiento con terceras personas, un máximo de cuatro, para estancias de duración igual o inferior a 31 días.