Rebajan la pena a un asesino fugado que mató brutalmente a su expareja en Barcelona
Rafael Alberto Burgos se escondió en Nueva York después del crimen, donde fue detenido 20 años más tarde
30 abril, 2021 17:27Noticias relacionadas
Octubre de 1997. Rafael Alberto Burgos asesina de varias puñaladas a su expareja, Nidia Rodríguez. El crimen se produce en Barcelona. Luego esconde su cadáver en una zona de vegetación, en la autovía de Castelldefels, el lugar en el que fue hallado al año siguiente; y se da a la fuga. Permanece dos décadas oculto en Nueva York, donde finalmente es arrestado cuando faltan pocos meses para que prescriba el delito. Finalmente, en 2019 es condenado a 22 años de cárcel. Una sentencia que ahora el Tribunal Supremo (TS) ha rebajado a 20 años y un día.
En su sentencia, la sala segunda del alto tribunal ha estimado parcialmente el recurso presentado por el procesado, aunque ha confirmado el agravante de ensañamiento con la víctima. Por este motivo impone la mencionada pena de 20 años y 1 día de prisión, frente a los 22 años que había establecido la Audiencia de Barcelona. Además, el TS ha confirmado las indemnizaciones para la familia que en su día le fueron impuestas: 200.000 euros para los dos hijos de Nidia, 40.000 para su madre y 20.000 para una hermana.
El caso fue reabierto en 2015, cuando la Policía Nacional acudió a los juzgados de Gavà para conocer qué órdenes de detención internacional estaban todavía vigentes. Entre ellas, la del ciudadano dominicano Rafael Alberto Burgos. A raíz de este trámite se reactivó la alerta roja de Interpol, que logró arrestarlo pocos meses antes de que prescribiera el crimen. En aquel momento trabajaba de concinero en Manhattan, en un restaurante cercano a la Trump Tower, y vivía con una indentidad falsa con la que intentaba evitar que lo encontrasen.
ASESINATO CON ENSAÑAMIENTO
Rafael Alberto Burgos tenía 24 años cuando asesinó a su expareja Nidia, una joven colombiana de 31 años. La Justicia considera probado que se dirigó al domicilio de ella y la convenció para que bajase al portal porque tenía algunos efectos personales para entregarle. El encuentro habría desembocado en una discusión tras la cual la condujo a un lugar desconocidó y la apuñaló repetidas veces en la cara, el pecho y la espalda hasta infligirle la muerte.
Además, los médicos forenses que analizaron el cuerpo, descubierto en mayo de 1998, llegaron a la conclusión que el asesino había introducido "padecimientos innecesarios durante la agonía que sufrió la víctima", ya que ninguna de las puñaladas le causó la muerte inmediata. Añadieron tambén que muchas fueron "particularmente dolorosas, además de dramáticas para quien las soportó".
Unas aseveraciones que el jurado popular dio por válidas y que el TS recoge en su fallo: "Esta es la realidad que recogió el jurado, que declaró probado por unanimidad que el acusado, con el propósito de aumentar el dolor físico y psíquico de la víctima, le causó un gran número de lesiones, alguna especialmente dolorosa e innecesaria para producir la muerte", afirma la sentencia.
Aun así, la sala considera que no hay suficientes pruebas para apreciar alevosía porque "nada se sabe" de las circunstancias del ataque definitivo de Rafael Alberto Burgos sobre Nidia Rodríguez, por lo que tampoco se puede extraer la conclusión de que la víctima no pudiera defenderse. De todos modos, justifica el agravante de superioridad porque la víctima estaba en una situación de "marcado desequilibrio de fuerzas".