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Sucesos

Multan con 600 euros a un hombre acusado de chocar su coche contra un local okupado en Barcelona

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Un hombre acusado de embestir intencionadamente con su vehículo un local okupado en Barcelona en diciembre de 2020 ha aceptado una multa de 600 euros tras un acuerdo con la Fiscalía que ha evitado la celebración del juicio.

El hombre chocó con su coche contra el local okupado en repetidas ocasiones para recuperar la propiedad e intentar arrollar a cinco activistas por la vivienda y a dos agentes de los Mossos d'Esquadra. 

El acusado, que inicialmente enfrentaba una pena mucho más severa, ha reconocido los hechos ante un juzgado de la ciudad, lo que ha resultado en su condena por cinco delitos leves de lesiones.

Con el pie en el acelerador

El suceso ocurrió en la calle Aragón de Barcelona poco después de que el inmueble fuera ocupado por activistas.

Según el Ministerio Público, el acusado intentó recuperar la posesión del local fuera de las vías legales, embistiendo su vehículo contra la persiana del establecimiento donde se encontraban varios de los ocupantes.

El acusado realizó varias maniobras, acelerando bruscamente hacia el local, lo que provocó lesiones leves en cinco activistas que intentaron interponerse entre el coche y la persiana.

El acto fue presenciado por dos agentes de los Mossos d'Esquadra, quienes intentaron detener al conductor, pero este desoyó las órdenes. En un intento por frenar el ataque, uno de los policías rompió el cristal frontal del vehículo con su arma extensible.

Sin embargo, fue solo cuando los okupas desde el interior del local abrieron la persiana que el acusado detuvo su vehículo, permitiendo que los activistas pudieran escapar.

Acuerdo judicial y condena final

Inicialmente, la Fiscalía había solicitado una multa de más de 5.000 euros por delitos de realización arbitraria del propio derecho, además de indemnizaciones por un total de 760 euros. Sin embargo, el acuerdo alcanzado entre las partes redujo la pena a una multa de 600 euros y la indemnización final se fijó en 500 euros.

El acusado, que ha reconocido los hechos ante el juzgado, ha sido condenado exclusivamente por los delitos leves de lesiones, sin que se haya celebrado juicio debido al consenso alcanzado entre las partes.