Elma Saiz / EFE

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Vivir en Barcelona

España marca las normas: los desempleados que agoten el paro recibirán una ayuda de hasta 1.600 € al mes

La prestación del desempleo tiene fecha de caducidad; esta varía según el tiempo trabajado, por tanto, los que agoten esta prestación sin haber logrado un empleo podrán pasar a percibir el IMV

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A veces la vida no es tan fácil como parece. Muchos españoles se encuentran en situación de desempleo, bien porque han sido despedidos de su puesto de trabajo o porque el contrato ha llegado a su fin.

La prestación del desempleo tiene fecha de caducidad; esta varía según el tiempo trabajado. No obstante, los perceptores del subsidio por desempleo que agoten esta prestación sin haber logrado un empleo podrán pasar a percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Los beneficiarios ya no tendrán que solicitar el IMV ni aportar documentación alguna. El objetivo es simplificar el acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV) y garantizar un sistema más justo y eficiente.

En España, el Ingreso Mínimo Vital llega actualmente a 776.924 hogares en los que viven 2.369.979 personas, incluyendo 132.256 hogares monoparentales (el 17% del total).

Concretamente, en Cataluña, la prestación ha alcanzado a 87.062 hogares el último mes, de los cuales 14.682 son monoparentales.

Partiendo de que la cuantía a percibir varía según la situación del solicitante. En el caso de un beneficiario individual, el umbral se sitúa en 733,6 euros mensuales en 2026, cantidad que puede incrementarse en un 22% si la persona tiene una discapacidad igual o superior al 65%.

Sin embargo, si eres familia monoparental o tienes algún miembro familiar a tu cargo, la cuantía inicial se vería incrementada un 30% por miembro adicional a partir del segundo.

Es decir, para una unidad de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos, la cifra asciende a 220 euros, es decir, cobraría una prestación total de 953,68 euros.

Importes para 2026

  • 1.173,76 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos.
  • 1.393,84 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos.
  • 1.613,92 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores, o por cuatro adultos y un menor.

Ayuda extra a la infancia

Además, el IMV tiene una ayuda mensual complementaria de ayuda para la infancia por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia (en la fecha de la solicitud), en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio, con arreglo a los siguientes tramos:

  • Menores de tres años: 115 euros.
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.

Requisitos más accesibles

En este contexto, el Real Decreto-ley simplifica requisitos de acceso al IMV y desde mayo pasado introdujo algunos cambios reseñables.

Por ejemplo, para las parejas de hecho se eliminó la obligatoriedad de acreditar un periodo de convivencia de 5 años, y desde entonces solo es necesario aportar la inscripción o la formalización de la pareja de hecho en documento público con una antelación mínima de dos años a la fecha de solicitud de la prestación.

Asimismo, dejó de ser necesario que la solicitud de la prestación esté firmada por todos los integrantes de la unidad de convivencia mayores de edad. En su lugar, el solicitante acompaña una declaración responsable sobre el consentimiento para la solicitud de IMV de todos los integrantes de la unidad de convivencia.

Por último, y como consecuencia de la eliminación del acceso al subsidio por desempleo del colectivo de personas liberadas de prisión como supuesto específico, se introducen modificaciones para poder atender a las necesidades de este colectivo, que se encuentre en situación de vulnerabilidad, a través de la prestación de IMV.