La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

Economía

Confirmado por el Tribunal Supremo: el trabajador puede elegir los 5 días retribuidos para cuidar a un familiar, pero tienen que ser siempre laborables

Esta interpretación consolida que el permiso no se contabiliza en días naturales, sino únicamente en jornadas de trabajo efectivo, por lo que quedan excluidos sábados, domingos y festivos

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El Tribunal Supremo, mediante una sentencia de su Sala de lo Social, ha fijado criterio sobre el permiso retribuido de cinco días destinado al cuidado de familiares en casos de enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica. La resolución establece que estos días deben computarse exclusivamente como laborables.

Esta interpretación consolida que el permiso no se contabiliza en días naturales, sino únicamente en jornadas de trabajo efectivo, por lo que quedan excluidos sábados, domingos y festivos. Además, el alto tribunal reconoce que el disfrute de estos días puede organizarse con flexibilidad por parte del trabajador.

Aplicación flexible del permiso

La decisión refuerza la protección del empleado en situaciones personales complejas. El marco legal de referencia es el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores, que regula este derecho laboral.

Fachada del Tribunal Supremo

Fachada del Tribunal Supremo EDUARDO PARRA - EUROPA PRESS - ARCHIVO

La sentencia subraya que el trabajador puede decidir cuándo iniciar el permiso y cómo distribuir los cinco días, adaptándolos a las necesidades reales de cuidado del familiar. De este modo, se evita que las empresas impongan interpretaciones restrictivas que limiten su uso.

A quién se aplica

El permiso retribuido cubre a familiares de hasta segundo grado, incluyendo cónyuge o pareja de hecho, padres, hijos, hermanos, abuelos, cuñados y personas convivientes. Asimismo, las resoluciones recientes aclaran que no es obligatorio que el permiso comience el mismo día del hecho causante ni en el inmediato laborable posterior.

El caso que llegó al Supremo analizaba la práctica de una empresa que obligaba a iniciar el permiso en el primer día laborable tras el suceso y a consumirlo en días naturales. Sin embargo, la Sala de lo Social ha considerado que esta interpretación desvirtúa la finalidad del derecho.

Claves de la sentencia

El tribunal deja claro que los cinco días deben disfrutarse siempre como días laborables y que su finalidad es garantizar una atención efectiva al familiar. En esta línea, también se precisa que el alta hospitalaria no implica automáticamente la finalización del permiso si persisten las necesidades de cuidado o no existe un alta médica definitiva.

Además, se confirma que este derecho no puede reducirse aunque el ingreso hospitalario finalice antes de agotar los cinco días, y que se genera un nuevo permiso por cada hecho causante.

Evolución del permiso

Este derecho ya fue ampliado en 2023, cuando pasó de dos días, cuatro en caso de desplazamiento, a un total de cinco días retribuidos. La reforma también extendió su alcance a más supuestos familiares, más allá del segundo grado de consanguinidad tradicional.

Con esta sentencia, el Supremo unifica doctrina y refuerza un criterio más favorable al trabajador, garantizando tanto la flexibilidad en el uso del permiso como su disfrute en condiciones que no supongan una merma económica.