El juez anula un contrato millonario de Colau para ayudar a gente mayor
Barcelona había dado un concurso de más de 3,6 millones porque una UTE garantizaba durante un millón de años las tabletas de ancianos
30 octubre, 2022 00:00Noticias relacionadas
¿Puede un dispositivo electrónico durar un millón de años? Bajo el criterio del Ayuntamiento de Barcelona, posiblemente sí, porque adjudicó un concurso cuya cláusula vencedora resultó ser la garantía durante 999.999.999 años de las tablets que se repartirían. Esa oferta fue crucial para adjudicar el contrato, que asciende a más de 3,6 millones de euros. La oferta de la unión temporal de empresas participada por VI Tunstall, Vodafone y Saltó, fue denunciada por una cooperativa rival, Suara Serveis, que se presentó al concurso y que perdió debido a que la ganadora adujo ese plazo de garantía para llevarse el máximo de puntos. El Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público ha anulado este mes de octubre el contrato, que había adjudicado el Ayuntamiento de Barcelona el 30 de junio de 2021 para la gestión y desarrollo del servicio VincleBCN.
Vincles Barcelona es un proyecto cuya propiedad intelectual está en manos del Ayuntamiento y de la Bloomberg Family Foundation Inc. En 2015, el Ayuntamiento de Barcelona firmó un convenio con esta entidad para desarrollarlo en la capital catalana. Su objetivo es combatir la soledad de las personas mayores. “El servicio pretende reducir el sentimiento de soledad. Por un lado, mantener y fortalecer las relaciones sociales ya existentes. Por otro lado, ampliar las relaciones sociales de las personas usuarias y servirse de las tecnologías de la información como herramientas de comunicación”, dice un informe municipal que justificaba el contrato.
MÁS DE 100.000 ANCIANOS
Así pues, lo que se pretende con este programa (enmarcado en la Estrategia Municipal contra la Soledad 2020-2030) es apoyar a los mayores, acompañándolos en la creación de su red personal de confianza, hacerlos partícipes de la vida social en grupos de afinidades similares y fomentando la interacción de estas personas, ya sea telemática o presencialmente. La aplicación VinclesBCN está instalada en un dispositivo electrónico que ayuda a los mayores a tener una mayor y mejor comunicación con otras personas, utilizando la comunicación on-line para reforzar o crear nuevos espacios de relación. Normalmente, la App VinclesBCN se instala en una tablet o en un móvil con conexión 4G o 5G. Su sencillo manejo la hace una herramienta idónea de comunicación para gente mayor, que puede realizar videollamadas, llevar su agenda, enviar o recibir mensajes (de texto o de voz), fotos y vídeos, incorporar nuevos amigos a su red o interactuar en la Red.
¿A quién beneficia este sistema? El Ayuntamiento calcula que en Barcelona hay casi 350.000 personas de 65 años o más, que suponen el 21,4% de la población total. De ellas, más de 100.000 superan los 80 años y se prevé que a partir de 2030 el envejecimiento de la población crezca exponencialmente “porque la generación del baby boom comenzará a entrar en edad de jubilación”.
UNA OFERTA “FRAUDULENTA”
Para paliar las repercusiones negativas que esta evolución pueda tener, el Ayuntamiento forma anualmente equipos que ayuden a los mayores a interrelacionarse a través de esta App. En año pasado, sacó a concurso el servicio y adjudicó a la UTE de Tunstall, Vodafone y Saltó el contrato. En un principio, el primer tramo de los dos próximos años fue adjudicado por 1.866.444 euros, que se convertirían en más de 3,6 millones si se prorroga por otros dos años. Pero al concurso se presentó también la cooperativa Suara Serveis, una de las entidades que trabaja cotidianamente con el Ayuntamiento y que interpuso una denuncia por irregularidades en la tramitación de la licitación.
El Tribunal recoge los argumentos de Suara para declarar nulo y sin efecto el contrato para este servicio. La cooperativa planteó que su oponente fue recompensada con la máxima puntuación porque ofrecía “una garantía adicional ilimitada” de los aparatos que se distribuirían entre los usuarios, por un número ilimitado de años. Suara aduce que esta oferta es “fraudulenta y meramente instrumental por el hecho de tratarse de aparatos la vida útil de los cuales no acostumbra a superar, en el mejor de los casos, los 5 o 6 años”. En otras palabras, la empresa ofertante aducía en su oferta que sus tabletas durarían indefinidamente.
También alegaba la denunciante algunos otros detalles que, a su entender, hacían inviable la oferta ganadora, por lo que la adjudicación del servicio incurría “en fraude de ley, al ser de contenido imposible”, por lo que pedía la nulidad de la adjudicación a la UTE mencionada y que se le adjudicase a ella misma. Su petición tenía mucha lógica, puesto que las bases del concurso exigían que las tabletas deberían de tener una garantía mínima de 2 años y que puntuaría con 25 puntos a la licitadora que aportase un mayor plazo de garantía, “sin límite de años”. Ante el periodo de 999.999.999 años propuesto por la UTE, Suara aportaba una garantía total durante los 4 años de contrato, una propuesta más realista.
REPETICIÓN DEL CONCURSO
El tribunal resalta que “existen pocas dudas en cuanto a la imposibilidad total de que la vida útil de los aparatos a suministrar pueda llegar al valor consignado por la adjudicataria de 999.999.999 años”, además de asumir también las otras protestas de la recurrente. Pero, por si fuera poco, resalta que esa oferta de vida útil de los aparatos fue la que le hizo ganar el concurso, puesto que en el apartado económico, la oferta a la que se le concedió el contrato era la más cara y con diferencia: la UTE planteó una oferta de 1.692.543 euros (más el IVA correspondiente una parte del cual es del 21% y otra, del 10%), mientras que Suara ofertó 1.608.974 euros, por lo que es unos 84.000 euros más económica (que con el IVA llega casi a 100.000 euros). Tanto fue así que la ganadora recibió cero puntos en el apartado de su oferta económica frente a los 33 puntos de su oponente. Ello lleva al tribunal a plantear que si no fuese por la “garantía indefinida”, la oferta ganadora “no seguiría siendo la mejor oferta”.
En consecuencia, la justicia acuerda “anular la adjudicación del contrato, con retroacción del procedimiento al momento anterior a la valoración de la oferta de ésta, teniendo en cuenta que su propuesta para esta mejora no puede ser valorada”. El Ayuntamiento, pues, ha de volver a realizar todo el proceso de convocatoria y adjudicación del concurso, puesto que la resolución advierte que “esta resolución pone fin a la vía administrativa y es directamente ejecutiva sin perjuicio de que se pueda interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contencioso- Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses”.