El Juzgado Contencioso Administrativo 11 de Barcelona ha admitido a trámite una demanda interpuesta contra el Institut Metropolità del Taxi (Imet) por incumplimiento de la norma que obliga que al menos un 5% de los taxis sean vehículos adaptados.

La demanda ha sido interpuesta por un grupo de 15 personas con movilidad reducida, que cuenta con el apoyo de la Oficina de Vida Independiente, según un comunicado del Col·lectiu Ronda, que ha asesorado legalmente al grupo.

Una persona en silla de ruedas/ EFE-ARCHIVO



MENOS DEL 1%

Según los demandantes, los vehículos adaptados representan menos del 1% de la flota de taxis en Barcelona a pesar de que la norma obliga a que sean el 5% desde el 30 de diciembre de 2017. En junio de 2019 presentaron una reclamación ante el propio Imet exigiendo que se cumpliera la normativa en seis meses, pero aseguran que la reclamación no ha obtenido respuesta.

“Para nosotros, el taxi no es un lujo ni un capricho, sino una necesidad absolutamente vital y, a menudo, la única opción frente al aislamiento o la dependencia constante respecto de terceras personas”, han indicado los demandantes en un comunicado.

El umbral del 5% se recoge en el Real Decreto 1544/2007 aprobado en noviembre de 2007 y daba a los ayuntamientos un plazo máximo de diez años para garantizar el mínimo de taxis adaptados a las necesidades de personas con movilidad reducida.

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