Resulta claro que el arte, como tal, es indefinible e inabarcable. Lo que hoy gusta y está de moda, mañana cambia. Pese a ser considerado como una manifestación de la cultura de las personas en un momento y en un lugar concreto, su apreciación va ligada a la subjetividad del gusto personal de cada uno.
Sin ir más lejos, no hace tanto que en los bajos de La Pedrera se ubicaba un bingo, con sus correspondientes rótulos, y que en los años setenta del siglo pasado, se barajó seriamente la posibilidad de derribar el Palau de la Música Catalana.
Este verano se ha suscitado una controversia en los medios de comunicación de Barcelona sobre la decisión del Ayuntamiento de retirar velis nolis una estatua llamada Wild Kong del reconocido artista internacional Richard Orlinsky. Sobre si es una obra artística, no hay duda. Cabe destacar que la obra de dicho escultor se ha expuesto y expone en todo el mundo. Sin ir más lejos, este verano la ciudad de Carcassone ha organizado una exposición ubicando sus obras por las calles de la ciudad, y en Courchevel están dispersas por la estación de esquí. Ojo, en plena naturaleza.
Sin embargo, el Ayuntamiento de Barcelona estima que debe retirarse sin posibilidad de legalizarse por dos motivos.
El primero, porque se trata de un reclamo publicitario. Cuidado, lo estiman ellos, sin más, porque la escultura es idéntica a las réplicas que en medio mundo se exhiben como obra de arte. ¿En qué se basa? Pues en que se encuentra sobre una marquesina de un edificio privado de apartamentos turísticos cuya empresa propietaria pagó de su bolsillo la obra de arte, y la ha expuesto a la vista de todos los ciudadanos, en el número 30 del paseo de Sant Antoni de Barcelona y creen que la empresa se beneficia comercialmente de su presencia. Es decir, es como pensar que uno elegirá ir a esos apartamentos porque está la estatua. Está claro que es una interpretación sin más base que la voluntad de verlo así. Añadir que es un edificio del que la empresa es propietaria y que la ubicación de la estatua no ocupa la vía pública ni entorpece el paso, ni es un peligro para los transeúntes, ni molesta en forma alguna a los vecinos.
La segunda razón que esgrime el Ayuntamiento es que no se adecúa al paisaje urbano. Lo cual es, cuando menos, incomprensible. Una estatua de un artista mundialmente reconocido, en un edificio funcional, no catalogado, y que da a la plaza Joan Peiró. Plaza dura, inmensa, inhóspita, y permanentemente en obras… ¿De qué paisaje hablamos?
¿Qué piensan los vecinos? ¿Les molesta su vista? Pues para salir de dudas sobre si simplemente gusta o no, basta ver el programa “Infobarris” del 15 de septiembre de Betevé, medio poco sospechoso de poder ir contra el Ayuntamiento de Barcelona, y en el que todos los vecinos entrevistados se pronuncian en favor de la presencia de la escultura en un entorno inhóspito, triste, feo.
Recordemos que en Barcelona, el Ayuntamiento dio carta de naturaleza como monumento al antiguo búho luminoso gigante de Rótulos Roura, en la Diagonal de Barcelona; este sí que era un elemento publicitario y colocado en lo alto de un edificio catalogado.
Pero más incomprensible es si cabe, como denunció en su momento el propio cronista oficial de la ciudad, Lluís Permanyer, que el Ayuntamiento diese licencia para colocar un rótulo publicitario de un supermercado abierto 24 horas en la casa que ocupó Cervantes en el paseo Colón de Barcelona, y de nuevo en un edificio catalogado. “Cosas veredes, amigo Sancho…”.
El Ayuntamiento de Barcelona, a través del Institut del Paisatge Urbà, tiene legalmente atribuida la función de cuidar del mismo. Eso es indiscutible. Pero en un terreno, como hemos dicho antes, tan subjetivo como el de la estética y del arte, no parece que el medio más adecuado para velar por nuestra ciudad sea a golpe de multa coercitiva. A los dueños de la escultura se la han impuesto por valor de más de 5.000 euros para acabar con una obra de un escultor mundialmente reconocido, ubicado en un edificio no catalogado, de estilo funcional, siendo el mencionado edificio y la escultura del mismo dueño, que no ocupa vía pública, que no compromete la seguridad, en una plaza sin estética de ningún tipo y siendo una obra de arte emblemática y querida para los vecinos. Una pregunta última.
¿Por qué esta escultura no, y el rótulo de la casa que ocupó Cervantes, sí es legalizable?
Desde luego, este tipo de actuaciones son poco alentadoras para el posible mecenazgo privado del arte puesto al alcance de todos.
La legalidad, la Ordenança de Paissatge Urbà, en este caso, parece casar mal, al menos en la interpretación actual por parte de los funcionarios actuantes en este caso en el Ayuntamiento de Barcelona, con el espíritu de la norma; el de crear una ciudad más bonita y más amable para sus habitantes, con seguridad y sin coste alguno al erario público.