Facturas impresas y en la pantalla PIXABAY
Excepciones específicas a la obligación de facturación digital
Como prácticamente cualquier norma legal, existen excepciones que conviene conocer sobre la factura digital
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La facturación electrónica, que hasta hace pocos años era una opción, ha pasado a ser un requisito ineludible para la mayoría de los profesionales autónomos y empresas en España.
Sin embargo, no todos los sectores ni todos los tipos de operaciones están sujetos a esta norma de la misma manera. Existen excepciones muy concretas que conviene conocer para evitar errores y sanciones innecesarias.
Por eso, a lo largo de este post te vamos a explicar quién puede librarse de la normativa de la factura electrónica obligatoria. ¡Vamos a ello!
1. Operaciones exentas de la factura electrónica obligatoria
El Reglamento de Facturación (Real Decreto 1619/2012) contempla una serie de situaciones en las que no existe la obligación de emitir factura.
Entre los casos más comunes se encuentran las siguientes:
- Operaciones exentas de IVA en las que la normativa no exige la emisión de factura.
- Actividades sujetas al régimen especial de recargo o de equivalencia.
- Actividades que tributan bajo el régimen simplificado del IVA.
- Actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras acogidas a su régimen especial.
En todas estas circunstancias, los profesionales o empresarios quedan fuera del ámbito de aplicación de la factura electrónica obligatoria.
2. Operaciones con consumidores finales (B2C)
La factura electrónica obligatoria se aplica principalmente a las operaciones entre empresas y profesionales (B2B). Sin embargo, cuando una empresa vende productos o presta servicios directamente a consumidores finales, no está obligada a emitir facturas electrónicas, salvo que el cliente lo pida expresamente.
Por ejemplo, un comercio minorista o un restaurante que solo emite tickets o facturas simplificadas a sus clientes particulares no tendrá que adaptarse de inmediato al sistema de facturación electrónica previsto para 2026.
3. Operaciones en las que una de las partes no tiene sede en España
Cuando el emisor o el receptor de la factura no dispone de sede ni establecimiento permanente en territorio español, la obligación de facturar electrónicamente puede no aplicarse.
Esto sucede, por ejemplo, en operaciones internacionales, exportaciones o en facturaciones dirigidas a empresas con domicilio fiscal fuera de España.
4. Empresas que ya utilizan el sistema SII (Suministro Inmediato de Información)
Las compañías que ya están integradas en el sistema SII de la Agencia Tributaria continúan sujetas a sus propios procedimientos de registro y comunicación de datos.
Por ese motivo, pueden quedar exentas temporalmente de implantar el nuevo sistema de facturación electrónica, al menos hasta que ambos modelos se unifiquen en una sola estructura.
5. Autónomos que emiten facturas de forma manual
Los autónomos que, a día de hoy, aún elaboran sus facturas de forma manual, sin recurrir a programas informáticos de gestión, podrían quedar inicialmente fuera del ámbito de aplicación del Real Decreto 1007/2023.
No obstante, esta situación será provisional, ya que conforme avance la digitalización y se generalice el uso de software certificado por la Agencia Tributaria, estas excepciones tenderán a desaparecer.
¿Por qué existen estas excepciones?
Papeles y tablet PIXABAY
Las excepciones cumplen la función de facilitar una transición ordenada. Obligar a todos los autónomos a adoptar la factura electrónica de un día para otro generaría más problemas que beneficios.
Por eso, el marco normativo español ha optado por un modelo gradual, que permite a los distintos sectores adaptarse sin comprometer su operatividad. Por lo tanto, el objetivo final sigue siendo la digitalización completa del sistema de facturación, pero de una forma inclusiva y realista.
Nosotros recomendamos que, aunque un negocio esté actualmente exento, debería de anticiparse y adoptar un software de facturación digital antes de que sea obligatorio, ya que trae consigo ventajas como la automatización de tareas, la reducción de errores, el ahorro de tiempo y una mayor trazabilidad de las operaciones.
Las excepciones no significan que siempre lo estarán, sino que es una herramienta para que la transición hacia la economía digital sea más equilibrada. Comprender quiénes están exentos y por qué permite planificar con tiempo, adaptarse con menos estrés y aprovechar los beneficios que la digitalización trae consigo.
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