El rapero Morad pagará 10.000 euros a un mosso por acusarlo de abusar a menores en redes sociales
El rapero ha acordado una compensación de 10.000 euros con el agente tras difamarlo en un vídeo publicado en su cuenta de Instagram
29 febrero, 2024 17:28Noticias relacionadas
El rapero Morad ha aceptado indemnizar con 10.000 euros a un mosso d'esquadra por otro de sus frentes judiciales. En este caso por grabar a un agente que le multaba y colgar las imágenes en sus redes sociales, donde le calumnió asegurando que era un "abusador de menores".
En la sentencia de conformidad el juzgado de lo penal número 18 de Barcelona también impone a Morad, un exponente de la nueva generación de la música urbana española, una multa de 3.600 euros y las costas, valoradas en mil euros, pero, en cambio, el artista se libra de la pena de cárcel que pedían tanto la Fiscalía -un año y nueve meses-, como la acusación particular -dos años-.
Segunda conformidad
Se trata de la segunda conformidad que Morad alcanza en los últimos días para saldar sus cuentas con la justicia, después de que ayer aceptase dos años de prisión -la Fiscalía pedía inicialmente siete- por haber instigado a una multitud a lanzar piedras contra los policías que, ante las quejas de los vecinos, acudieron en agosto de 2021 a L'Hospitalet de Llobregat mientras grababa, sin permiso, un vídeo musical con un dron.
En este caso, Morad ha sido condenado ahora por un delito de calumnias hechas con publicidad contra funcionario público, una vez que el artista ha reconocido los hechos, ocurridos el 27 de abril de 2022, sobre las 19:15 horas, cuando una patrulla de agentes de los Mossos se dirigió hacia él, en el barrio de la Florida de L'Hospitalet, para multarle porque tenía el coche mal aparcado.
Grabación con su móvil a un agente
El cantante empezó a grabar con su móvil a uno de los agentes, a escasa distancia de su cara, desde la cintura hacia arriba, así como con un primer plano de su rostro, con lo que se podía identificar y reconocer perfectamente al mosso, representado en este procedimiento por la abogada Sandra Melgar, del despacho Aranda & Melgar & Tàsies, en nombre del Sindicato de Policías de Catalunya (SPC).
Poco después, hacia las 19:40 horas, cuando la intervención policial ya había finalizado, Morad publicó en su red de Instagram, que tenía 1,9 millones seguidores, una historia con un vídeo del policía con el objetivo de "vilipendiarle" y de que fuese objeto "cuanto menos de insultos y escarnio", tanto en redes sociales como en su vida privada, así como para atentar contra su reputación y dignidad, según la sentencia de conformidad.
Vídeo publicado en Instagram
En concreto, en un vídeo de unos 15 segundos, que estuvo colgado en sus historias de Instagram durante 24 horas, aparecía la cara del agente, que iba debidamente uniformado, con un texto "humillante" en que Morad le imputada "conductas delictivas falaces", según la sentencia.
"Este policía se dedica a pegar a los menores de edad y abusar de la gente del barrio, me tienes harto!! Deja de abusar de los niños pequeños!!! Aquí está, si lo conocéis o es vuestro familiar o amigo decirle que pare ya de pegar a los niños, que pare ya de abusar!!!!!!", decía el texto.
Morad también publicó dos fotografías donde aparecía el agente de cintura para arriba y en las que se podía identificar perfectamente su cara, con el siguiente texto: "Abusón!! Deja de pegar a los menores de edad del barrio, deja vivir a la gente corrupto ladrón y abusonnn", así como "Abusador de menores de edad, abusón!!! Si eres familiar suyo o amigo dile que pare ya de abusar!!! Y sobretodo de los niños".
Cuatro ansioso depresivo
Según la sentencia de conformidad, estas publicaciones fueron vistas inmediatamente por multitud de personas, entre ellos familiares, amigos y compañeros profesionales y superiores del agente, quienes contactaron con él para ponerle en conocimiento estos hechos.
Ante esta situación, el agente sufrió un cuadro ansioso depresivo con fobias por el que tuvo que coger la baja laboral temporal y no pudo ejercer sus quehaceres habituales durante 30 días.