Agente policial con una pistola táser

Agente policial con una pistola táser EFE

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Así se usarán las pistolas táser en la Guardia Urbana de Barcelona: prohibiciones y controles para los agentes

El Ayuntamiento establece una detallada normativa para la utilización de estas armas en el cuerpo policial barcelonés

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La llegada de las pistolas táser a la Guardia Urbana de Barcelona vendrá acompañada de una detallada regulación para su uso.

Aprobada inicialmente el pasado 19 de marzo, y abierto un periodo de alegaciones que terminará a finales de abril, esta normativa resulta un paso clave para el uso de las armas por parte de los efectivos policiales.

Conocidas formalmente como dispositivos conductores de energía (DCE), estas herramientas estarán, previsiblemente, en manos de los agentes en abril de 2026, cuando se realizará la entrega de unas táser sobre las que se ejercerá un fuerte control administrativo.

Uso estandarizado

La normativa municipal destaca el uso estandarizado de estas armas entre cuerpos policiales. A modo de ejemplo, el escrito recuerda que las táser ya estaban integradas en 78 policías locales en 2023, además de su presencia en los Mossos d'Esquadra.

A escala internacional, el texto del proyecto señala que los DCE se utilizan en las policías de Reino Unido, Suiza, Austria y Francia, además de Estados Unidos, donde más de 18.000 cuerpos de policía disponen de ellas como arma de dotación habitual.

Entrega de las táser

El reglamento municipal apunta que se dotará con estas armas a los agentes que sean funcionarios de carrera, que hayan superado la formación teórico-práctica y que ostenten la condición de mando o, en su defecto, sean responsables de servicio y de las unidades operativas.

Una cámara unipersonal en el pecho de un agente de la Guardia Urbana

Una cámara unipersonal en el pecho de un agente de la Guardia Urbana AJ BCN

Los policías a los que se dote de una táser deberán tener acceso a un desfibrilador externo automático, además de contar con un dispositivo personal de grabación de imágenes.

Condiciones de uso

La normativa barcelonesa incide en que el uso de las táser está sujeto a principios de “proporcionalidad, congruencia y oportunidad”, y remarca que solo se puede utilizar en situaciones donde haya “un riesgo racionalmente grave para la vida o la integridad física de terceras personas o de los agentes”.

El reglamento también prevé su uso en caso de que se puedan producir “daños que puedan comportar un riesgo grave a los bienes jurídicos protegidos en la normativa de seguridad ciudadana”.

Antes de utilizar el arma, los agentes de la Guardia Urbana deberán haber agotado las vías de "diálogo, negociación y mediación" previas, además de avisar a la persona requerida de que se hará uso de la táser.

Supuestos de utilización

La aprobación municipal indica el uso de estas pistolas para “reducir, inmovilizar o detener” a una persona que muestre una “resistencia activa” que resulte una amenaza para los agentes o terceras personas.

Los efectivos policiales también podrán hacer uso de las táser contra alguien que muestre una “actitud violenta o amenace con armas, objetos o elementos peligrosos” a agentes u otras personas, así como en situaciones que no se puedan controlar en las que se ha producido o se prevé que se produzca una agresión.

Imagen de una pistola táser

Imagen de una pistola táser EUROPA PRESS

La norma barcelonesa también contempla el uso de las DCE cuando las personas “pongan en riesgo su vida o integridad física”, como en casos de tentativas de suicidio y conductas de autolisis.

Prohibiciones

El cuerpo policial barcelonés no podrá hacer uso de esta herramienta contra “mujeres embarazadas, menores de 14 años, personas de edad avanzada y otras débiles de salud”. Los efectivos tampoco podrán utilizar el arma en “manifestaciones y concentraciones de un número elevado de personas”, ni cerca de “sustancias o gases inflamables con riesgo de deflagración”.

Las prohibiciones se extienden a espacios donde se pueda poner en riesgo a una persona al estar cerca de una “caída al vacío”, en un “entorno acuático” o utilizando un “vehículo, maquinaria” o elementos similares.

El reglamento también prohíbe su uso sobre los animales, a excepción de que la utilización de la táser “responda a la necesidad de evitar un mal mayor o un daño grave inmediato e irreparable”.

Control

Las DCE incorporarán elementos tecnológicos que permitan su "trazabilidad y control posterior al uso", lo que incluye la “identificación del número de serie” del arma como, si se requiere, de los cartuchos.

La Guardia Urbana deberá implementar, además del citado sistema de grabación, un método de “identificación” de agentes que utilicen las táser y una “recogida de datos” desagregados por sexo, edad y otros ítems que se consideren de interés para evaluar los impactos derivados del uso de estas armas.